Cada vez son más las parejas que optan por una ceremonia civil, pero al llegar el momento de organizarla surgen muchas dudas: ¿qué diferencia hay entre casarse en el juzgado, ante notario o en el ayuntamiento?, ¿cuál es más rápido?, ¿quién puede casarnos realmente?, ¿y cuánto cuesta en 2026?
Desde Salsia, acompañamos a muchas parejas que se casan por lo civil y quieren hacerlo bien, sin agobios ni papeleo de más. Si tú también estás decidiendo cómo y con quién casarte, aquí te explicamos todo lo que necesitas saber para elegir con tranquilidad.
En España puedes contraer matrimonio civil ante notario, en el juzgado o Registro Civil o en el ayuntamiento. Las tres tienen la misma validez legal: la diferencia está en el precio, los plazos y la flexibilidad de lugar y fecha.
¿Te puede casar un notario? Sí, y estas son sus ventajas
Sí, un notario puede casarte legalmente. La Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria atribuyó a los notarios la competencia para tramitar el expediente matrimonial y celebrar matrimonios civiles, igual que jueces y alcaldes. Esta posibilidad entró plenamente en vigor el 30 de junio de 2017, ligada a la Ley 20/2011 del Registro Civil. Desde entonces, casarse ante notario abre la puerta a celebraciones más ágiles, personalizadas y cómodas, sin necesidad de pasar por los juzgados ni esperar meses para una fecha.

Casarse ante notario tiene varias ventajas claras:
- Rapidez: la tramitación del expediente matrimonial suele ser más ágil que en el Registro Civil.
- Flexibilidad: puedes elegir la fecha y el lugar de la ceremonia, incluso fuera de la notaría.
- Privacidad: ideal para parejas que desean una celebración más íntima y sin exposición pública.
- Asesoramiento jurídico: el notario puede explicar los efectos legales del matrimonio y resolver cualquier duda sobre regímenes económicos, capitulaciones, etc.
- Tramitación completa: muchas notarías se encargan de gestionar el expediente matrimonial de principio a fin.
Estas ventajas no son solo una impresión: las recoge la propia doctrina notarial. Como explica el notario de Madrid Fernando José Rivero Sánchez-Covisa en la revista El Notario del Siglo XXI, editada por el Ilustre Colegio Notarial de Madrid:
“La tramitación del expediente matrimonial ante notario se caracteriza por su mayor agilidad y celeridad, por la proximidad del notario al ciudadano, y ello en base a un coste moderado y razonable, insignificante para los gastos que suelen acompañar a la boda.”
Fernando José Rivero Sánchez-Covisa, notario de Madrid — El Notario del Siglo XXI (Ilustre Colegio Notarial de Madrid)
¿Qué necesitas para casarte ante notario?
- Ser mayor de edad o menor emancipado.
- No estar casado previamente (salvo si hay divorcio legal o viudez).
- Presentar la documentación básica: DNI o pasaporte, certificado literal de nacimiento, certificado de empadronamiento y, si aplica, certificado de divorcio o defunción del cónyuge anterior.
- Designar dos testigos mayores de edad que estén presentes el día de la ceremonia (no es necesario que sean familiares).
Cómo casarse ante notario, paso a paso
Presentáis la documentación ante el notario del domicilio de cualquiera de los dos, que inicia el expediente matrimonial.
Comprueba que cumplís los requisitos y que no existen impedimentos para contraer matrimonio.
El día acordado, con dos testigos, se celebra el matrimonio y se firma la escritura, que el notario inscribe en el Registro Civil.
¿Cómo es una boda civil en el juzgado?
Casarse en el juzgado es una de las formas más comunes y tradicionales de celebrar una boda civil en España. Es una opción totalmente válida y gratuita, pero también suele estar condicionada por la disponibilidad del Registro Civil de cada localidad, lo que puede traducirse en esperas largas o poca flexibilidad.
La ceremonia se celebra en una sala del juzgado o del Registro Civil, en presencia de un juez o funcionario autorizado. Es un acto breve, sobrio y con un protocolo muy claro: lectura de los artículos del Código Civil, declaración de voluntad de los contrayentes y firma del acta matrimonial.
¿Qué necesitas para casarte por lo civil en el juzgado?
- Iniciar el expediente matrimonial en el Registro Civil de tu domicilio.
- Presentar DNI, certificados de nacimiento, empadronamiento y, si procede, certificado de divorcio o defunción del cónyuge anterior.
- Elegir dos testigos mayores de edad que acrediten que os casáis libremente.
- Solicitar fecha para la ceremonia (a veces hay meses de espera).
- Acudir el día fijado con los testigos para firmar el acta.
La boda en juzgado es ideal para quienes buscan una ceremonia sencilla, sin pretensiones, o simplemente quieren cumplir con la parte legal antes de celebrar por su cuenta. En Salsia hemos trabajado con muchas parejas que combinan esta vía con una fiesta privada más personalizada y emotiva.
¿Y casarse en el ayuntamiento? La tercera vía
Además del notario y del juzgado, puedes casarte en el ayuntamiento, donde la ceremonia la oficia el alcalde o un concejal en quien delegue. Es importante entender el matiz: el expediente matrimonial se tramita igualmente en el Registro Civil (o ante notario), y el ayuntamiento se encarga de la celebración. Muchas parejas la eligen por el valor simbólico de casarse en un edificio emblemático de su municipio.
El coste depende de cada ayuntamiento: algunos celebran la boda de forma gratuita para empadronados y otros aplican una tasa municipal que puede ir desde unos pocos euros hasta varios cientos, según la localidad y si los contrayentes están o no empadronados. Conviene consultarlo directamente con el consistorio.
¿Cuánto cuesta casarse por lo civil en 2026? Precios y desglose
Uno de los aspectos que más preocupa a las parejas es el coste. La diferencia principal es clara: el juzgado es gratuito, el ayuntamiento puede ser gratuito o cobrar una tasa, y el notario cobra unos honorarios regulados por el Estado. Estos son los precios orientativos actualizados a 2026 (recuerda que varían según la ciudad, la notaría y la complejidad del expediente):
| Vía | Precio orientativo (2026) | Plazos | Flexibilidad de lugar y fecha |
|---|---|---|---|
| Notario | ~300 € a 800 € (trámite completo) | Ágil; en casos sencillos, incluso en pocos días. | Alta: la boda puede celebrarse fuera de la notaría. |
| Juzgado / Registro Civil | Gratuito | Listas de espera; a veces meses. | Baja: sala del juzgado o Registro Civil. |
| Ayuntamiento | Gratuito o tasa municipal (varía por localidad) | Variable según el ayuntamiento. | Media: dependencias municipales. |
Desglose del precio de casarse ante notario
El coste ante notario se compone de dos partes, ambas reguladas por el Arancel Notarial:
Expediente matrimonial (acta previa): entre unos 100 y 150 € aproximadamente.
Celebración y escritura del matrimonio: entre unos 120 y 250 € aproximadamente.
Total del trámite completo: suele situarse entre unos 300 y 800 €, según la notaría, la ciudad, el número de folios de la escritura, si la ceremonia se realiza fuera de la notaría (posible suplemento por desplazamiento) o en fin de semana o festivo (posibles recargos).
Como recuerda la doctrina notarial, estos honorarios se encuadran entre los «documentos sin cuantía» del Arancel Notarial, por lo que se consideran moderados y razonables en comparación con el resto del presupuesto de una boda. A cambio, ganas rapidez y previsibilidad para fijar la fecha, algo que puede evitar demoras y sobrecostes en el resto de la organización.
¿Qué opción es mejor para ti? Depende de lo que estés buscando
Las tres opciones —notario, juzgado y ayuntamiento— son igual de válidas y legales. La diferencia está en lo que priorices como pareja: ¿prefieres rapidez y flexibilidad? ¿O buscas una opción gratuita y sencilla?
Aquí tienes una pequeña guía para ayudarte a decidir:
- Elige casarte ante notario si…
- Quieres evitar largas esperas.
- Te apetece una ceremonia personalizada, en el lugar y fecha que tú elijas.
- Valoras la privacidad y el asesoramiento jurídico.
- Buscas una experiencia más cómoda, con todo el trámite en un solo sitio.
- Elige casarte en el juzgado si…
- No te importa esperar más tiempo.
- Quieres una ceremonia sobria y sin coste.
- Tu prioridad es resolver lo legal de forma sencilla y oficial.
- Elige casarte en el ayuntamiento si…
- Te ilusiona una ceremonia con valor simbólico en tu municipio.
- Estás empadronado y tu ayuntamiento ofrece la celebración a bajo coste.
Preguntas frecuentes sobre casarse por lo civil
¿Puede un notario casarme legalmente en España?
Sí. La Ley 15/2015 de la Jurisdicción Voluntaria atribuyó esa competencia a los notarios, y está plenamente operativa desde el 30 de junio de 2017. El matrimonio ante notario tiene la misma validez legal que el celebrado en el juzgado o el ayuntamiento.
¿Cuánto se tarda en casarse ante notario?
Depende de las circunstancias de cada pareja. En un matrimonio sencillo entre personas plenamente capacitadas y sin elementos que compliquen el expediente, el acta previa puede iniciarse y concluirse con gran rapidez. Los plazos suelen ser bastante más cortos que en el Registro Civil, donde puede haber meses de espera.
¿Puedo celebrar la boda fuera de la notaría?
Sí. Una de las grandes ventajas del matrimonio ante notario es la flexibilidad del lugar de celebración. Según recoge la propia doctrina notarial, la boda puede celebrarse fuera de la notaría, por ejemplo en una casa de campo o en un salón de banquetes, siempre acordándolo previamente con el notario autorizante.
¿Qué es más barato: notario, juzgado o ayuntamiento?
El juzgado es gratuito y el ayuntamiento suele ser gratuito o con una tasa moderada, mientras que el notario cobra honorarios regulados (orientativamente entre 300 y 800 € el trámite completo). A cambio de ese coste, el notario ofrece más rapidez y flexibilidad, lo que para muchas parejas compensa.
Como recoge la propia normativa notarial, la boda civil puede celebrarse fuera de la notaría, por ejemplo en una casa de campo o en un salón de banquetes. En Salsia nos ocupamos del espacio, el catering, la decoración y la coordinación para que vuestro gran día sea tal como lo habéis imaginado.